Recordemos que la norma culta del español exige poner la preposición de después de nombres comunes, como república, provincia, reino, municipio, región, departamento (con el equivalente de ‘provincia’), estado (en el caso de cualquier estado de un país federal), comunidad (cuando se refiera a la nueva división política española), barrio y también colonia (cuando significa esto mismo, ‘barrio’, como se usa en México y otros países), y entonces, después, el nombre propio de ese lugar.
Así tendremos, por ejemplo:
• La República de Cuba;
• el Reino de Marruecos;
• la provincia de Ciego de Ávila;
• el municipio de Bejucal;
• la región de Vuelta Abajo;
• el departamento de Santander, en Colombia;
• el estado de Nueva York;
• la Comunidad de La Rioja;
• el barrio de Luyanó; y
• la colonia de El Pedregal, en la Ciudad de México.
Quedaría entonces así: nombre común + preposición de + nombre propio del lugar.
Sin embargo, el uso no se comporta igual cuando nos referimos a un barrio que se denomina “reparto”. Se dice comúnmente, por ejemplo:
• El reparto Vista Alegre (en Santiago de Cuba);
• el reparto Flores, el reparto Náutico, el reparto Fontanar (en La Habana).
Lamentablemente, en los últimos tiempos se ha ido perdiendo el uso de la norma culta de la preposición de cuando nos referimos a una calle, y ya no se oye tanto, como debería oírse, por ejemplo:
• La calle de Revillagigedo;
• la calle de Apodaca.
En los casos de calzadas, avenidas y paseos, todavía se mantiene plenamente el uso de la preposición de, como en:
• Calzada de Jesús del Monte;
• Calzada de Galiano;
• Avenida de los Presidentes;
• Avenida de Rancho Boyeros;
• Paseo de Martí.
Sin embargo, no cabe la preposición de cuando nos referimos a calles cuyos nombres sean números (ya cardinales u ordinales) ni letras. Entonces decimos:
• La calle 50;
• la calle 3ra.;
• la calle K.
Fernando Carr Parúas
Fuente: Cubaperiodistas
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